15 de febrero
“Estamos tirando una generación al mar”, admitió Fotea ante un secuestrado cuando integraba el sector “Operaciones” del Grupo de Tarea 3.3 de la Armada, destino al que llegó en comisión desde la Policía Federal. En la ESMA se lo conocía por sus seudónimos “Lobo” o “Fernando” y se destacaba por su actuación en los secuestros, como el de Rodolfo Walsh o el de las monjas francesas y las Madres de Plaza de Mayo en la Iglesia de la Santa Cruz, entre otros cientos. También se ufanaba de su capacidad para conducir vehículos a alta velocidad. En esos años también se desempeñó en Coordinación Federal y en el sector operaciones del Batallón de Inteligencia 601. El genocida Emilio Massera lo condecoró en 1978 por su actuación en “operaciones reales de combate”.
En 1984, tras el retorno de la democracia, dejó la Policía Federal y se fue a España, donde montó una hostería. Su nombre trascendió al año siguiente por su actuación en la banda de secuestradores que había encabezado Raúl Guglielminetti. Ese año se libró un primer pedido de captura y extradición en su contra, que fue denegado por la administración española. Su situación volvió a complicarse en 1998, mientras regían las leyes de impunidad, cuando el juez español Baltasar Garzón lo procesó por genocidio, terrorismo y torturas, aunque eso no le impidió seguir en libertad.
Tras la reapertura de la megacausa ESMA, el entonces juez federal Sergio Torres pidió su captura y extradición. Fue detenido en Madrid el 24 de noviembre de 2005, a sus 55 años, luego de un cuarto de siglo impune. La condena a 25 años de prisión la dictó el TOF-5 el 27 de octubre de 2011. El requisito temporal para acceder a la libertad condicional se cumplió en mayo del año pasado, pero el juez Obligado se la negó, en línea con las querellas y en base a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina en materia de reparaciones frente a graves violaciones de derechos humanos.
El 6 de octubre pasado, la sala II de Casación anuló esa resolución. La jueza Ledesma consideró que Fotea –que tenía salidas transitorias desde hacía dos años– debía acceder directamente al beneficio, mientras que Mahiques y Yacobucci resolvieron remitir el tema al TOF 5 para que emitiera un nuevo fallo. “Impedir el acceso a la libertad condicional cuando se encuentran debidamente cumplidos todos los requisitos legales, desnaturaliza el fin resocializador de la pena”, escribió Mahiques en su versión garantista. Cuestionó que Obligado “denegó la libertad condicional solicitada, pese al voto favorable de todas las áreas del Consejo Correccional del Servicio Penitenciario Federal y al cumplimiento de los requisitos legales para acceder al instituto, todo lo cual se limitó a describir, pero sin hacer ninguna valoración al respecto”.
Ante el mandato de Casación, Obligado dejó constancia en su breve resolución de que no compartía esos argumentos y mantenía su postura original, pero que aplicaba la “doctrina del tribunal superior” para acotar el tiempo de la condena. La resolución toma nota de la buena conducta en prisión, pero también de la “opinión negativa de una mayor cantidad de víctimas que se oponen” a la condicional y que la postura de Casación deja en un evidente segundo plano. Fotea se negó además a ser entrevistado por el juez, que podría haberle preguntado sobre su eventual arrepentimiento de tirar “a una generación al mar”, pero eso tampoco resultó un obstáculo para acceder al beneficio.
A los 72 años, luego de 17 años privado de su libertad por los crímenes más graves que contempla el derecho internacional, Fotea recuperará la libertad, a priori con la contención de su hija y el proyecto de volver a dedicarse a la “administración de restaurantes, ya que –según sus defensores– tiene diversos contactos en el rubro”.
Fuente: Resumen Latinoamericano.